telefonía e internet
18 de agosto de 2023

Cómo DARSE DE BAJA con su OPERADOR DE INTERNET Y MÓVIL

Los usuarios tienen derecho a darse de baja con su operador en cualquier momento. El operador está obligado a dar la baja en un plazo de dos días.

 

De acuerdo con la normativa vigente, todos los usuarios tienen derecho a darse de baja con su operador en cualquier momento. Para ello, deberá utilizar cualquiera de los métodos que se contemplan en el contrato. Además, es importante señalar, que los operadores están obligados a admitir, como medio para darse de baja, el mismo que el usuario utilizó para contratar, es decir, todos los que se hayan dado de alta por teléfono, tienen derecho a extinguir su relación con el operador por la misma vía.

El operador está obligado a dar la baja al usuario en un plazo de dos días desde que éste se lo haya comunicado. Por lo tanto solo podrá facturar hasta ese momento.

Si bien esta regulación es muy sencilla, la experiencia demuestra que los usuarios sufren con frecuencia problemas para darse de baja. Con carácter general, los problemas suelen producirse por el hecho de que el ciudadano no dispone de acreditación de haber solicitado la baja, ni de la fecha en que lo hizo.

Por lo tanto, resulta aconsejable guardar las siguientes precauciones:

En caso de que usted se dé de baja telefónicamente, exija al operador dos tipos de documentos para poder acreditarlo:

  • Que en ese mismo momento, se le proporcione el número de referencia de su baja. El operador está obligado a facilitarlo.
  • Que el operador le envíe, por correo postal o electrónico, un documento que acredite la gestión que acaba de realizar.

Si se da de baja por correo postal, envíe la notificación con acuse de recibo.

El operador está obligado a darle de baja en un plazo máximo de dos días. Por lo tanto, la última factura que le envíe deberá abarcar solo hasta esa fecha. El operador no puede impedir ejercer el derecho a darse de baja a un abonado cuando este tiene una deuda pendiente. Es obligatorio que proceda a tramitar la baja, con independencia de que, posteriormente, pueda reclamar al usuario la cantidad pendiente de pago por las vías que considere oportunas.

Si ha solicitado la baja de algún servicio de telecomunicaciones, y considera que la misma no se ha llevado a cabo conforme a la normativa vigente, puede presentar una reclamación ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones.

Asimismo, puede recurrir al sistema de Arbitraje de Consumo como vía rápida, gratuita y eficaz para la resolución alternativa de litigios . Infórmese si su operador está adherido al Arbitraje de Consumo

Cambios en las condiciones

Los operadores pueden modificar el contrato si éste contrato prevé dicha circunstancia y siempre que avisen al abonado con un mes de antelación. El usuario, por su parte, puede no aceptar las nuevas condiciones y darse de baja sin penalización. Pero si tiene compromiso de permanencia aún por cumplir, es posible que tenga que devolver las ventajas económicas que haya disfrutado: consulte al operador antes de darte de baja.

Derecho de desistimiento

En la actualidad, al contratar por teléfono o por internet se otorga el derecho de desistimiento durante 14 días naturales. Es decir, en ese plazo podemos echarnos atrás sin dar más explicaciones. Ahora bien, ese derecho tiene excepciones y una de ellas es esencial en materia de telecomunicaciones: una vez que el contrato ha empezado a ejecutarse se pierde el derecho de desistimiento. Y así figura en las condiciones generales de los contratos de todas las compañías.

La cuestión es saber en qué momento empieza la ejecución del contrato. Cuando se contrata un paquete (alguna combinación de telefonía fija, móvil, internet y televisión), se entiende que el contrato se ha puesto en marcha en el momento en que alguno de los servicios ya está operativo, por ejemplo, en el instante en que la empresa nos envía un técnico a casa para hacer una instalación o nos llega un móvil por mensajería.