Red de Alertas

Es un sistema de intercambio rápido de información entre los Estados miembros y la Comisión Europea sobre los riesgos que puede entrañar el uso de determinados productos de consumo para la salud o la seguridad de los consumidores, así como de las medidas adoptadas. El punto de contacto a nivel nacional es el Ministerio de Consumo 

Regulado en los artículos 14, 15, 18 y 19 del Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre , que traspone a nuestro ordenamiento la Directiva 2001/95/CE (artículos 11,12 y 13).

Hay dos tipos de procedimientos de notificación:

  • De medidas urgentes (riesgo grave).
  • Notificación de limitaciones de comercialización de productos que puedan suponer un riesgo.

Los productores tienen la obligación de notificar a las autoridades de las CC.AA. las medidas que hayan adoptado cuando tengan conocimiento de que un producto que ya ha sido suministrado o puesto a disposición de los consumidores presenta un riesgo para su seguridad.