Nuevas normas de etiquetado: requisitos del Real Decreto 1055/2022

Nuevas normas de etiquetado: requisitos del Real Decreto 1055/2022
Dentro de las nuevas obligaciones de marcado de los envases que recoge el Real Decreto 1055/2022 de Envases y Residuos de Envase, cabe destacar que los envases domésticos deberán indicar el contenedor de reciclaje correspondiente desde el 1 de enero de 2025.
- También deben señalar si son reutilizables y llevar símbolos del Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor. Si los envases están hechos de varios materiales, deben indicar cómo separarlos o, si no es posible, el contenedor del material predominante.
- Además, se prohíbe etiquetar los envases con términos como "respetuoso con el medio ambiente" para evitar su abandono. Aunque el 80% de los artículos en vertederos son reciclables, solo el 20% se recicla realmente, lo que agrava el deterioro ambiental.
- Para fomentar el reciclaje, los envases pueden mostrar el porcentaje de material reciclable, auditado y certificado por entidades externas.
- Los envases de plástico compostable deben estar certificados según la norma UNE EN 13432:2001 y llevar la indicación "No abandonar en el entorno". A partir de 2030, algunos envases de plástico de un solo uso estarán prohibidos, incluyendo los de frutas y verduras frescas, alimentos y bebidas en cafeterías, porciones individuales, productos de higiene personal y bolsas de plástico de menos de quince micras.
Todas estas directrices tienen como objetivo ayudar al consumidor a identificar los residuos y separarlos de manera correcta para su reciclaje y su mejor impacto en el medio ambiente.

En los siguientes enlaces de ECOEMBES se resumen las nuevas obligaciones de marcado de los envases que recoge el Real Decreto 1055/2022 de Envases y Residuos de Envase y otras normativas vigentes, así como los pictogramas más habituales:
¿Qué dice mi envase? Pictogramas y nuevo marcado del RD 1055/2022
Imágenes de https://www.canva.com/

