23 de marzo de 2023

El arbitraje de consumo, una alternativa en alza

Se trata de un sistema público de resolución de conflictos entre consumidores y empresas, voluntario, alternativo a la vía judicial ordinaria, gratuito y rápido.

El Arbitraje de Consumo es un sistema de resolución de conflictos, voluntario, alternativo a la vía judicial ordinaria, gratuito y rápido (normalmente se resuelve en menos de 90 días), gestionado por la Administración Pública y puesto a disposición de los Consumidores y Usuarios para conflictos con un empresario o profesional en materia de consumo 

Es siempre voluntario para ambas partes. El consumidor manifiesta esa voluntad al rellenar, firmar y entregar el impreso de solicitud (disponible en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor y en las Juntas Arbitrales de Consumo) y el empresario con su aceptación por escrito o con una previa Oferta Pública de Adhesión. Esa oferta es la que le da derecho a exhibir el distintivo de arbitraje de consumo en su establecimiento o en sus impresos y puede considerarse como un valor añadido, porque ofrece a sus clientes una vía práctica, rápida y sencilla para resolver los conflictos que surjan.

Quedan excluidos del Artbitraje de Consumo:

  1. Las reclamaciones que versen sobre materias que no sean de libre disposición de las partes conforme a derecho o que hayan sido expresamente excluidas por la empresa en su Oferta Pública de Adhesión.
  2. Los conflictos que versen sobre intoxicación, lesión, muerte o aquéllos en que existan indicios racionales de delito, incluida la responsabilidad por daños y perjuicios directamente derivada de ellos.

Otras caracterísiticas del arbitraje.

  • No puede ser iniciado por el empresario o profesional y tampoco puede utilizarse para reclamaciones sobre algunas materias excluidas, como los supuestos en los que haya habido intoxicación, lesión, muerte, indicios racionales de delito o, en general, cuando sean materias que se considere que no son de libre disposición para las partes.
  • Es una vía plenamente compatible con la denuncia administrativa, ya que el arbitraje, aunque esté gestionado por la Administración, no es un procedimiento administrativo, no da como resultado una sanción y su resolución no se produce con un acto administrativo, sino mediante un Laudo: decisión de un órgano arbitral sobre el conflicto, que tiene un valor equivalente al de una sentencia judicial firme, pero con un procedimiento mucho más rápido y simple, gratuito y sin necesidad de asistencia de abogado ni procurador.
  • El Tribunal Constitucional ha reconocido repetidamente el valor del arbitraje como un equivalente jurisdiccional y los Laudos, frente a los que no hay recurso, son plenamenteejecutables en vía judicial.

La Junta Arbitral de Consumo del Principado de Asturias

Se trata de s un órgano administrativo, creado en el año 1993 mediante acuerdo entre la Administración del Estado y la del Principado de Asturias; integrado en la Agencia de Seguridad Alimentaria, Sanidad Ambiental y Consumo y encargado de la gestión y la promoción del Arbitraje de Consumo. Además de la Junta Arbitral Autonómica, existen en Asturias otras Juntas Arbitrales de ámbito local como son las de la Mancomunidad del Valle del Nalón, la del Ayuntamiento de Avilés y la del Ayuntamiento de Gijón. Desde el año 2018 es una entidad acreditada para la resolución alternativa de conflictos (ADR) .

Actividades realizadas y resultados.

  1. El número de empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo (es decir, que aceptan por adelantado esta vía de resolución) se ha mantenido estable y sin grandes variaciones en los últimos años, ascendiendo en 2022 a 1.351.
  2. En cuanto al número de solicitudes de Arbitraje, su número se incrementó en 2022, mas de un 20% respecto al año anterior hasta alcanzar 508, una cifra muy similar a 2019, año anterior a la pandemia.
  3. Los sectores de actividad más importantes a los que se han referido las solicitudes de arbitraje durante el año 2022 son los de telecomunicaciones y electricidad/gas. Sin embargo, en 2022 se reduce considerablemente el número de solicitudes de arbitraje en el sector de telecomunicaciones respecto del año anterior, pero se aprecia un incremento muy significativo en los sectores de electricidad y gas pasando de 25 solicitudes de arbitraje en 2021 a 209 solicitudes en 2022, en su mayor parte por problemas con la facturación.
  4. De los 508 expedientes tramitados en 2022, han concluido en laudo 159 (31,30%), no siendo aceptadas por las empresas 65 de las solicitudes y desistidos por los consumidores 46.