Derechos de los consumidores afectados por la DANA

Derechos de los consumidores afectados por la DANA
Con fecha 5 de noviembre de 2024 se ha aprobado el nuevo Real Decreto-Ley 6/2024 por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), que permite suspender el pago de suministros, solicitar moratorias de crédito y amplía el plazo para cancelar la compra de productos y servicios. Además, la Ley de Arrendamientos Urbanos contempla la suspensión de los contratos de alquiler cuando las viviendas son inhabitables.
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Para garantizar la protección de los consumidores afectados por la DANA, la GUÍA PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS DE CONSUMO POR PARTE DE PERSONAS AFECTADAS POR LA DANA, publicada el 7 de noviembre de 2024, recopila los derechos que cubren a las personas consumidoras en los siguientes casos:
- Puedes solicitar la suspensión temporal o definitiva de los contratos de prestación de servicios (gas, luz, agua, telefonía e internet…) si es imposible disfrutar de ellos. El artículo 47 del Real Decreto-ley contempla que, en estos casos, por ejemplo, mientras se rehabilita la vivienda, la persona consumidora podrá elegir entre la resolución del contrato o el aplazamiento de su ejecución (es decir, no tendrá que abonar el servicio durante este periodo). En cancelaciones definitivas se deberán restituir las potenciales cantidades abonadas en un plazo máximo de treinta días.
- Si vives de alquiler y tu vivienda es inhabitable, puedes comunicar a tu arrendador que te acoges a la suspensión del contrato hasta que la vivienda vuelva a ser habitable. Este derecho se puede ejercer conforme a lo previsto en el artículo 26 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. El inquilino también podrá desistir del contrato sin sufrir indemnización alguna en estos casos.
- Puedes solicitar la moratoria de créditos como la hipoteca, la letra de un coche o un crédito al consumo. El artículo 35 del Real Decreto-ley permite solicitar a la entidad financiera una moratoria de hasta tres meses. Una vez que el afectado realice la solicitud de suspensión, el acreedor procederá a la suspensión de los pagos de las obligaciones en un plazo de quince días.
- Si no puedes disfrutar de alguno de los productos o servicios contratados antes de la DANA, se amplía tu derecho a desistir del contrato hasta el 31 de enero de 2025. El artículo 46 del Real Decreto-ley te permite ejercer este derecho para casos como viajes, conciertos, servicios digitales o la compra de enseres para tu vivienda. Para ejercer este derecho a cancelar los servicios contratados o devolver los bienes comprados, no será necesario presentar los documentos que sean imposibles de obtener o recuperar debido a la propia DANA.
Junto con estas actuaciones relacionadas con el ámbito de consumo, el nuevo Real Decreto-ley permite a las personas afectadas solicitar otras medidas o ayudas como las destinadas a la rehabilitación de vivienda, al cobro de compensaciones por seguros o el acceso de avales para crédito, entre otras.
Más información:
- Guía para el ejercicio de derechos de consumo por parte de personas afectadas por la DANA
- Nota de prensa del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
- Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024
- Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024, por el que se declara «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el territorio damnificado como consecuencia de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que ha afectado a amplias zonas de la Península y Baleares entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024


