Gastos

Además de tener que devolver periódicamente a la entidad de crédito el capital que nos ha prestado junto con los intereses correspondientes, hay una serie de gastos, con independencia de los generados por la compra de la vivienda, que hay que abonar:

  • Los gastos de tasación de la vivienda.
  • La comisión de apertura del préstamo que suele cobrar la entidad de crédito.
  • Los aranceles de las notarías y de registro, ya que el préstamo hipotecario debe formalizarse en escritura pública ante notario e inscribirse en el Registro de la Propiedad.
  • El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD).
  • Los seguros que se pacten al suscribir el contrato.
  • Las comisiones por amortización o por cancelación anticipada, cuando se pague parte o todo el importe  pendiente antes del vencimiento pactado.